Hace un mes, el Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS) emitió orientación en lo que constituye “dificultades extremas” para propósitos del perdón de inmigración. La orientación muy esperada es un componente de las acciones ejecutivas de la Administración que se anunció en noviembre del 2014. Muchos esperaban que la orientación, y su potencial de hacer perdones disponibles a más personas, podría ayudar a eliminar los obstáculos para obtener residencia permanente en los Estados Unidos. La orientación solamente está en forma de borrador y todavía no ha entrado en efecto. El USCIS está solicitando la realimentación del público, con los comentarios debidos para el 23 de noviembre del 2015. Se desea ver una copia de la publicacion, se puede ver abajo. Las leyes de inmigración contienen varios perdones que permiten a los no ciudadanos a superar ciertos barras de admisión (tal como tener presencia física en los Estados Unidos) en donde ciertos miembros de familia (llamados “parientes de calificación) sufrirían “dificultades extremas.” Sin embargo, el estatuto de inmigración no define el término “dificultad extrema.” A través de los años, la agencia ha fallado en aplicar la norma de “dificultades extremas” consistentemente. En un memo del 20 de noviembre del 2014, el Secretario de Seguridad Nacional Jeh Johnson le dio instrucciones al Director del USCIS, Leon Rodriguez, a “clarificar los factores que son considerados por adjudicadores en determinar si la norma de ‘dificultad extrema’ se ha cumplido.” En la emisión de tal directiva, su intento fue claro: “Es mi evaluación que la orientación adicional sobre el significado de la frase ‘dificultad extrema’ proveerá uso más amplio de este perdón permitido legalmente.” Aún está por verse si la orientación final logrará la meta de “uso más amplio” del perdón. El borrador de la orientación, en muchas maneras, no se desvía lejos de la orientación actual, aunque limitada, que ha proporcionado las cortes de inmigración y la Junta de Apelaciones de Inmigración. También parece agregar detalle inesperado y capas de análisis, poniendo en duda si la implementación será difícil y el objetivo del Secretario menos obtenible. El borrador destaca que los factores difíciles deben ser considerados en su conjunto, y que no es necesario demonstrar que cualquier dificultad solo se eleva al nivel de “extrema.” Por otra parte, y amablemente, el borrado dice que dificultades extremas a una persona que no sea el pariente calificado puede ser considerado como dificultades extremas si es que impacta al pariente calificado. Las personas solicitando un perdón normalmente deben demonstrar que no habría dificultades extremas al pariente calificado si la familia se separa (si el pariente se quedara en los Estados Unidos) o si el miembro de la familia se traslada fuera de los Estados Unidos. El borrador no requiere al solicitante que enseñe dificultad extrema en las dos circunstancias. En vez, si el solicitante puede pasar un requisito encontrando que es “razonablemente previsible” que el pariente calificado se quede en los Estados Unidos o se trasladará al extranjero, que él o ella no necesitará demonstrar dificultades extremas en las dos circunstancias. Un lugar en donde la orientación se queda corta es que no incluye una lista da situaciones en las que existe una presunción de dificultad extrema, tal como situaciones que automáticamente resultarán en dificultad extrema. El memo del 20 de noviembre que dirigió Johnson efectivamente instruyó que el “USCIS considere criterios por los que una presunción de dificultades extremas puede ser determinado a existir.” Como el Secretario indicó, tales presunciones existen en otras pólizas de inmigración. En lugar de esto, el borrador ofreció el término “circunstancias especiales” – circunstancias que “con frecuencia pesarían en favor de encontrar dificultades extremas.” Estas circunstancias incluyen cuando el pariente calificado le han concedido asilo o estatus de refugiado, está deshabilitado, o está en servicio militar activo; en donde el Departamento de Estado ha emitido advertencia de viaje al país de traslado; y donde hay un cambio sustancial referente a la habilidad de proveer cuidado de los niños. El USCIS hizo una buena decisión en liberar públicamente el borrador para incluir comentarios del público. Esta es una oportunidad para que los interesados revisen cuidadosamente la orientación detalladamente y para formular recomendaciones que ayudaran a la agencia para cumplir su promesa de perdones que sean más ampliamente disponibles. Una vez que se finalice el borrador, será crucial para controlar la forma en que se implementa en el campo, ya que será la verdadera prueba de su éxito. Llame nuestra oficina si requieren ayuda con el perdon I-601 y/o perdon provisional I-601A. Nuestra oficina le informará de tales cambios y le ayudará con tal proceso.
5 Comments
Quiero recordarles que un tema en el cual no se han enfocado los noticieros ni tampoco la comunidad latina es que se espera recibir información/clarificación muy importante que afectará cómo el perdón provisional de presencia ilegal (I-601A) será decidido.
Además de los programas DACA [extendido] y DAPA que fueron anunciados el 20 de noviembre del 2015, también hubo un memorando publicado por el Director del Departamento de Seguridad Nacional de los Estados Unidos ("DHS") dirigiendo al Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos ("USCIS") que publíquen nuevas regulaciones y pólizas con respecto al perdón provisional de presencia ilegal (I-601A). Se encuentra el memorando aquí. El memorando pide lo siguiente:
Consecuentemente tal clarificación del termino "dificultades extremas" asistirá a los inmigrantes (y abogados) entender mejor qué factores y/o circunstancias definitivamente ayudaran para obtener consideración favorable de USCIS y aprobación del perdón I-601A. Se espera que con mejor claridad habrá mejor consistencia en las decisiones y aprobaciones más frecuentes. En ciertos casos es recomendable que esperen hasta que la clarificación sea publicada por USCIS. La directiva de "dificultades extremas," que es solo una de las varias reformas en la acción ejecutiva del Presidente, ayudará a crear un systema de inmigración más efectivo y eficiente hasta que el Congreso pueda pasar una reforma de inmigración sustantiva. Si requieren asistencia legal con su caso inmigratorio que requiere el perdón I-601A, por favor llamen al abogado Mario Zapata al (714) 441-2800. |
AuthorMario Zapata es un abogado de inmigración que practica desde el Condado de Orange, California, y representa a clientes en todo el país. Archives
February 2018
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