Oficina Legal de Mario Zapata - ABOGADO DE INMIGRACION
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Seis cambios posibles en inmigración con Presidente Trump--lo que se espera.

11/11/2016

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Muchos estaban tan sorprendidos por la elección de Trump que no hemos pensado en los cambios específicos que podrían y probablemente hará una vez que se convierte en Presidente el 20 de Enero de 2017. Aquí está una lista de seis (6) cosas que Presidente Trump  probablemente  cambiará en la actual política de inmigración:

  1. DACA. Acción Diferida para los Llegados en Infancia, fue efectiva a partir del 15 de Junio de 2012 y ha proporcionado un permiso de trabajo y el alivio del miedo de deportación a más de 750,0000 jóvenes indocumentados, hombres y mujeres de las edades de 15 a 31, que llegaron aquí como niños y se graduaron de nuestras preparatorias y colegios. Prácticamente todos ellos trabajan, pagan impuestos, son dueños de automóviles y contribuyan a nuestra sociedad. Tristemente, es prácticamente seguro que Presidente electo Trump terminará este programa el 20 de Enero de 2017, como ha prometido hacerlo. Lo incierto es si permitirá que los permisos de trabajo seguirán siendo válidos para seguir trabajando hasta el final de su tiempo asignado. Creemos, que sería más fácil para Presidente Trump implementar la poliza, en lugar de tener que individualmente cambiará cada fecha de vencimiento en la base de datos gubernamentales pertinentes. Todos los beneficiarios del DACA deberían de hablar con un abogado de inmigración con experiencia hoy para ver si tienen otras opciones legales para obtener a algún tipo de estatus en los Estados Unidos. Recomendamos que todos los beneficiarios de DACA que tienen tarjetas de trabajo que se expiran antes de 01 de Mayo de 2017 archiven una aplicación para extender sus tarjetas, con la esperanza de que los permisos de trabajo se extiendan y usted podrá seguir trabajando con ellos hasta la fecha de expiración. Si no lo ha hecho, deberían considerar la obtención de un documento provisional de viaje para visitar un familiar muy enfermo, si hay uno en su familia, para obtener una entrada legal en su expediente, si desea en el futuro, casarse con un ciudadano americano.
  2. Libertad condicional ("Parole In Place"). “PIP” fue creado por un memo de política por USCIS bajo la administración de Bush y permitía que el cónyuge y los padres de los militares activos y retirados presentar una petición con el USCIS para ellos para "entrar" o ser otorgado Libertad Condicional en los Estados Unidos, lo que permite a la persona a obtener la residencia permanente a través de su cónyuge o hijo sin tener que salir de los Estados Unidos y sin someterse a la expulsión del país por 10 años de presencia ilegal. Esencialmente, este es un beneficio sólo a aquellos que sirven o que han servido a nuestro país. Los rumores en Washington D.C. es que este programa va a ser eliminado por la administración de Trump, pero no sabemos cuándo. Nuestro consejo es archivar tal solicitud ahora para tratar de conseguir una aprobación antes de que este programa se elimine.
  3. Discrecionalidad Fiscal o PD y la "ley de 10 años". Discrecionalidad Fiscal se basa en una memoranda de política emitidos por la administración Obama en 2011 y luego renovada en  2014. Establece las normas por las cuales “ICE” ha operado en la aprehensión, detención, liberación y enjuiciamiento de casos de inmigración. Esta norma de política que ha hecho que algunos fiscales se ponen muy complaciente en su manejo de casos de Tribunal de inmigración, prefieren aceptar el cierre administrativo (PD) en lugar de litigar y ganar los casos. Creemos que el memo de PD se retirará a finales de Enero de 2017, y en su lugar “ICE” volverá a aportar casos de expulsión y deportación contra todos los que capturan, y los abogados de “ICE” trataran de conseguir una orden judicial en  los casos de remoción en la medida permitida por la ley. Esto significa que las personas que intencionalmente se ponen en proceso de deportación en busca de un permiso de trabajo mediante la presentación de casos de asilo sin fundamento puede esperar que sus casos sean litigados totalmente, frente a una tasa de 2% de aprobación para tales casos. Es triste para aquellos que fueron conducidos a una trampa con la promesa de adquirir un permiso de  trabajo fácil sin darse cuenta de las últimas consecuencias de tal acción.
  4. Redadas y Detenciones. Muchas personas están preocupadas de que Trump les enviara los "Escuadrones de la Deportación" para reunir a las personas. Francamente, no va a pasar. Estas acciones son simplemente inconstitucionales, y cuesta mucho dinero, dinero que el gobierno no tiene. Pero, no es decir que los oficiales de ICE no tomaran decisiones independientes en cuestionando y deteniendo inmigrantes con quien tienen contacto. Es este abuso que la comunidad verdaderamente tiene miedo. Por supuesto, “ICE” continuará buscando a las personas con órdenes de deportación previas, arrestos criminales y condenas y cualquier persona con un DUI en su pasado, “ICE” detendrá a esas personas y tratar de procesarlos rápidamente para su deportación. Todo el mundo, por supuesto, tiene derecho a una audiencia y a luchar por su caso, pero después de unas semanas de detención mucha gente se da por vencida y se quiere ir. “ICE” detiene a personas por este motivo, así que si tienes un buen caso, tienes que permanecer y luchar, porque una vez que seas deportado, no volverás por diez años. Al final NO habrá redadas en casas o vecindarios buscando a la gente al azar el 20 de Enero de 2017, pero “ICE” seguramente doblara sus esfuerzos para encontrar a personas con órdenes previas de deportación e incluso crímenes menores en su pasado.
  5. TPS. Estatus Temporal de Protección está autorizado por el Presidente Nacional para ciudadanos de algunos países en guerra, desastres naturales u otro tal calamidad que prohíbe la expulsión a ese país. Actualmente más de 350.000 personas están en TPS. Muchos han tenido TPS por más de 15 años. Nueve países están actualmente bajo el TPS, incluyendo El Salvador, Honduras, Siria, Nepal, Somalia y Nicaragua. Hay una fuerte posibilidad, especialmente para los países donde los desastres crearon el TPS hace muchos años, o donde se han producido las reparaciones de la infraestructura necesaria, causaría que el TPS ya no sea extendido. Honduras y El Salvador no podrán renovar su TPS después de los actuales vencimientos en 2018. Personas en el TPS de esos países (y los demás países) deben hablar ahora a con un abogado de inmigración experimentado para ver si tienen otras opciones de inmigración.
  6. DAPA. Acción Diferida para Padres de Ciudadanos y Residentes que el Presidente Obama anunció el 20 de Noviembre de 2014, pero que nunca entró en vigor como consecuencia de una orden judicial. Este programa fue creado por una estrategia de política y se puede eliminar por una póliza de política. El efecto será mínimo ya que la política nunca fue realizada, pero creó una gran cantidad de emoción para los 3-4 millones de gente que habrían tenido una ayuda en sus vidas. Este memorándum de política sin duda se retirará el 20 de Enero de 2017, como ha prometido Trump.
 

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El Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS) Publica un Borrador de su Manual Orientativo Que Propone Cambios Beneficiosos al Termino de "Sufrimiento Extremo" Cuando Procesando el Perdon I-601 y Perdon Provisional I-601A 

11/5/2015

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Hace un mes, el Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS) emitió orientación en lo que constituye “dificultades extremas” para propósitos del perdón de inmigración. La orientación muy esperada es un componente de las acciones ejecutivas de la Administración que se anunció en noviembre del 2014. Muchos esperaban que la orientación, y su potencial de hacer perdones disponibles a más personas,  podría ayudar a eliminar los obstáculos para obtener residencia permanente en los Estados Unidos. La orientación solamente está en forma de borrador y todavía no ha entrado en efecto. El USCIS está solicitando la realimentación del público, con los comentarios debidos para el 23 de noviembre del 2015. Se desea ver una copia de la publicacion, se puede ver abajo.

Las leyes de inmigración contienen varios perdones que permiten a los no ciudadanos a superar ciertos barras de admisión (tal como tener presencia física en los Estados Unidos) en donde ciertos miembros de familia (llamados “parientes de calificación) sufrirían “dificultades extremas.” Sin embargo, el estatuto de inmigración no define el término “dificultad extrema.” A través de los años, la agencia ha fallado en aplicar la norma de “dificultades extremas” consistentemente. En un memo del 20 de noviembre del 2014, el Secretario de Seguridad Nacional Jeh Johnson le dio instrucciones al Director del USCIS, Leon Rodriguez, a “clarificar los factores que son considerados por adjudicadores en determinar si la norma de ‘dificultad extrema’ se ha cumplido.” En la emisión de tal directiva, su intento fue claro: “Es mi evaluación que la orientación adicional sobre el significado de la frase ‘dificultad extrema’ proveerá uso más amplio de este perdón permitido legalmente.”

Aún está por verse si la orientación final logrará  la meta de “uso más amplio” del perdón. El borrador de la orientación, en muchas maneras, no se desvía lejos de la orientación actual, aunque limitada, que ha proporcionado las cortes de inmigración y la Junta de Apelaciones de Inmigración. También parece agregar detalle inesperado y capas de análisis, poniendo en duda si la implementación será difícil y el objetivo del Secretario menos obtenible. 

El borrador destaca que los factores difíciles deben ser considerados en su conjunto, y que no es necesario demonstrar que cualquier dificultad solo se eleva al nivel de “extrema.” Por otra parte, y amablemente, el borrado dice que dificultades extremas a una persona que no sea el pariente calificado puede ser considerado como dificultades extremas si es que impacta al pariente calificado.

Las personas solicitando un perdón normalmente deben demonstrar que no habría dificultades extremas al pariente calificado si la familia se separa (si el pariente se quedara en los Estados Unidos) o si el miembro de la familia se traslada fuera de los Estados Unidos. El borrador no requiere al solicitante que enseñe dificultad extrema en las dos circunstancias. En vez, si el solicitante puede pasar un requisito encontrando que es “razonablemente previsible” que el pariente calificado se quede en los Estados Unidos o se trasladará al extranjero, que él o ella no necesitará demonstrar dificultades extremas en las dos circunstancias.

Un lugar en donde la orientación se queda corta es que no incluye una lista da situaciones en las que existe una presunción de dificultad extrema, tal como situaciones que automáticamente resultarán en dificultad extrema. El memo del 20 de noviembre que dirigió Johnson efectivamente instruyó que el “USCIS considere criterios  por los que una presunción de dificultades extremas puede ser determinado a existir.” Como el Secretario indicó, tales presunciones existen en otras pólizas de inmigración. En lugar de esto, el borrador ofreció el término “circunstancias especiales” – circunstancias que “con frecuencia pesarían en favor de encontrar dificultades extremas.” Estas circunstancias incluyen cuando el pariente calificado le han concedido asilo o estatus de refugiado, está deshabilitado, o está en servicio militar activo; en donde el Departamento de Estado ha emitido advertencia de viaje al país de traslado; y donde hay un cambio sustancial referente a la  habilidad de proveer cuidado de los niños.
​
El USCIS hizo una buena decisión en liberar públicamente el borrador para incluir comentarios del público. Esta es una oportunidad para que los interesados revisen cuidadosamente la orientación detalladamente y para formular recomendaciones que ayudaran a la agencia para cumplir su promesa de perdones que sean más ampliamente disponibles. Una vez que se finalice el borrador, será crucial para controlar la forma en que se implementa en el campo, ya que será la verdadera prueba de su éxito.  

Llame nuestra oficina si requieren ayuda con el perdon I-601 y/o perdon provisional I-601A.  Nuestra oficina le informará de tales cambios y le ayudará con tal proceso.  
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    Mario Zapata es un abogado de inmigración que practica desde el Condado de Orange, California, y representa a clientes en todo el país.

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Con sede en Anaheim, California, la Oficina de Derecho de Mario Zapata ofrece servicios legales relacionados con la inmigración a clientes individuales y empresariales de todo Estados Unidos y alrededor del mundo, incluyendo: Orange County, Condado de Los Ángeles, el condado de Riverside, San Bernardino y San Condado de Diego en California. Sr. Zapata ha representado a los residentes de Anaheim, Fountain Valley, Fullerton, Garden Grove, La Habra, Lake Forest, Long Beach, Los Ángeles, Ontario, Riverside, San Bernardino, San Juan Capistrano, y Westminster. 

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